El comunicado de la
Casa de S. M. el Rey sobre su decisión de celebrar nuevas consultas de acuerdo
con lo establecido en el artículo 99.4 de la Constitución --dado a conocer el
martes 12-- ha sido malinterpretado por algunos medios informativos, cuando la
literalidad de la comunicación efectuada al presidente del Congreso no se salía
un ápice de las prerrogativas que le otorga la Constitución sobre las consultas
a los líderes políticos con representación en la Cámara Baja para proponer un
candidato a la Presidencia del Gobierno. Se trata, simplemente, de constatar si
de la "disposición que le trasladen los representantes de los grupos
políticos..., puede proponer un candidato... que cuente con los apoyos
necesarios para que el Congreso... le otorgue su confianza; o, en ausencia de
una propuesta..., proceder a la disolución de ambas Cámaras y a la convocatoria
de nuevas elecciones generales".
Colegir de esa notificación, aviso, advertencia, mensaje,
llamada, recordatorio..., que "El Rey insta a los partidos a evitar nuevas
elecciones. Convoca con 13 días de antelación una ronda de consultas
exprés" (El Mundo); "El Rey
ofrece una última oportunidad para pactar" (El País); "El Rey hará un último intento antes de disolver las
Cortes" (La Vanguardia);
"El Rey mueve ficha" (El
Periódico) o "El Rey empuja a los partidos a intentar un pacto de
última hora que evite las urnas" (El
Correo) resulta, obviamente, salirse por las ramas y no saber interpretar
la comunicación al presidente del Congreso y de las prerrogativas
constitucionales que les son propias, claramente definidas en los artículos
99.4 y 99.5 de la Constitución en este supuesto, que el comunicado recordaba.
La única quizá mejor expresada es la publicada en La Razón: "El Rey convoca consultas el 25 y el 26 de abril con
vistas ya al 26-J" (véase europapress.com,
de 13/04/2016), que titulaba correctamente el comunicado: "El Rey
consultará con partidos para ver si hay candidato o se convocan elecciones."
El Rey no puede instar a los partidos a nada que no sea a
ponerse de acuerdo en beneficio de la concordia nacional y de la solución de
los grandes problemas del país. El Rey no ofrece oportunidades a los partidos,
porque su papel está definido en la Constitución (Título II, De la Corona):
"El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra
y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta
representación del Estado español en las relaciones internacionales,
especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las
funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes."
(artículo 56.1). Por tanto, el Rey tampoco puede ofrecer "una última
oportunidad para pactar", ni "mueve otra ficha" que las
previstas en la Constitución, ni tendría por qué hacer "un último intento
antes de disolver las Cortes", ni menos aún a "empujar a los partidos
a un pacto de última hora que evite las urnas". Solo les ha faltado decir
a algunos que el Rey inste a los partidos políticos a cambiar sus candidatos y
listas, puesto que han pasado cinco meses y no han sabido captar el mensaje del
pueblo y pactar un gobierno, pero sí cobrar del erario público seis meses y
trabajar apenas dos, y "repetir las elecciones costaría más de 160
millones de euros..." (el mundo.es,
de 22/12/2015)
El Jefe del Estado, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 99.1 de la Constitución, "después de cada renovación del Congreso
de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así
proceda..., previa consulta con los representantes designados por los grupos
políticos con representación parlamentaria,
y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la
Presidencia del Gobierno". El artículo 4 del mismo artículo prevé que
"si efectuadas las citadas votaciones, no se otorgase la confianza para la
investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los
apartados anteriores". Y, finalmente, el artículo 5, dice que "si
transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación de
investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el
Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del
Congreso".
Desde las elecciones del 20-D, el Rey celebró dos
consultas: la primera del 18 al 22 de enero, en la que le ofreció ser candidato
al presidente del PP y del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy, por ser la lista más votada, quien declina serlo
porque "ahora no tiene los apoyos necesarios", decisión en la que
influye el órdago de Iglesias de
formar un gobierno con PSOE, Podemos e IU, que "contaría con muchos más
votos a favor que la suya" y, sobre todo, "muchos menos votos en
contra" (elmundo.es/españa, de 22/01/2016).
Tras la segunda ronda de consultas , celebrada entre el 27 de enero y el 2 de
febrero, este último día, el Rey propone a Pedro
Sánchez como candidato a la Presidencia del Gobierno, quien reconoce la
"exquisita labor de S. M", le da las gracias por confiar en él y en
su partido, apela a los partidos del cambio y "afea" la espantada del
líder popular, Mariano Rajoy, aunque
afirma que "el concurso del PP no es solo conveniente, sino necesario,
para lograr el cambio constitucional" (elperiodico.com,
de 02/02/2016). La primera sesión de investidura se desarrolla durante los días
1 y 2 de marzo y la segunda, el viernes 4. El candidato no logra la mayoría
absoluta ni simple de la cámara para ser investido. Comienza la cuenta atrás y,
si antes del 2 de mayo, ningún candidato hubiere logrado el apoyo del Congreso,
se disolverán las Cortes y habrá nuevas elecciones el 26 de junio, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 99.5. El Rey fija el 26 de abril como fecha tope
para un acuerdo y no propondrá a quien no tenga los apoyos suficientes.
Hasta ese día, hay tiempo, y hasta que el árbitro no pita
el final del partido, hay que seguir jugando; pero no contra España y sus
intereses, sino a su favor, y eso es lo que no han hecho los partidos
políticos, aunque el PSOE y Ciudadanos lo hayan intentado sin éxito. Por ello,
el Rey ha querido darles el último aviso, sin salirse ni un ápice del marco
constitucional.
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