Con la publicación de este libro,[1] el
archivero municipal de Hervás --especialista en Diplomática, Paleografía y
Archivística-- cierra su trilogía sobre la antigua villa de Granada
(Granadilla), tras abordar en los dos primeros la Edad Media[2],
la Edad Moderna en el segundo[3] y,
en este último, los vínculos de la antigua villa con el Partido Judicial de
Hervás a través de su documentos entre 1808, inicio de la Guerra de la
Independencia, y 1965, año de la disolución como municipio del primero.
Hay dos capítulos en la obra --la
nueva demarcación territorial y el llamado por el autor "el éxodo de las
aguas"-- que vinculan a la cabecera del antiguo partido judicial de
Granadilla y a Hervás como síntesis de la profunda transformación que la
Comunidad de Villa y Tierra sufrió durante el proceso que dura todo el siglo
XIX. Granadilla era la sede del partido
judicial y compite con Hervás por obtener la capitalidad del territorio. En
1829, el ministro de Justicia envía una carta al regente de la Audiencia de
Extremadura, pidiéndole explicaciones sobre las razones de haberle otorgado la
capitalidad del corregimiento a Granadilla en detrimento de Hervás. La
Audiencia pide explicaciones al alcalde mayor de Granadilla y le solicita un
mapa topográfico de dicho corregimiento para contrastarlo con el solicitado por
Hervás. La Real Audiencia, examinadas las alegaciones, se inclina por elegir a
la villa en detrimento de Hervás. Sin embargo, esta última lo intenta de nuevo
en 1833, a raíz de la división de Extremadura en dos: Cáceres y Badajoz, y al
pasar Hervás, antes de la provincia de Salamanca, a la de Cáceres, lo que le
hacía suponer que la próspera villa se convertiría en cabeza de partido; no fue
así y, en 1834, el ayuntamiento hervasense aborda en pleno, sin éxito, la forma
de volver a Salamanca. Las vicisitudes por las que pasaría Hervás para
convertirse en cabeza de partido judicial pueden verse en otro acta del pleno
celebrado en 1868, en los primeros días del Sexenio Revolucionario, en la que
se afirma que, ya en 1848, varios
pueblos del partido de Granadilla habían solicitado la traslación de la
capitalidad del juzgado a Hervás "por muchas y poderosísimas razones de
conveniencia pública". La pretensión se renovó en 1854 por todos los
pueblos de la izquierda del Alagón, lo que movió al ministro de Gracia y
Justicia a decretar la traslación de la
cabeza de partido a Hervás por Real Orden
de 23 de marzo de 1866. No obstante, este decreto no se llegó a cumplir
porque "estaba en contradicción con la ley electoral vigente y por haber
entrado a mandar en julio de 1866 el partido reaccionario que acaba de derrocar
la nación, y cuyo partido protegía a Granadilla", según el Consejo de
Estado. Sin embargo, "al haber desaparecido aquella ley que impedía que el
ministro llevara a cabo por sí solo la traslación, esta Junta, en uso de su
soberanía, declara que esta villa de Hervás es la capital del Juzgado que fue
de Granadilla desde ahora para cuando el Ministerio decrete la reposición del
referido Juzgado". Todo esto ocurre en 1868, en plena efervescencia de La
Gloriosa, cuando la Junta revolucionaria decide nombrar a varios comisionados y
salir en dirección a Granadilla para traerse el Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción a Hervás, "ya que según ellos se les había concedido
anteriormente por el ministro de la Gobernación desde hacía varios años y había
sido también ratificado por el Consejo de Estado". Finalmente, el Juzgado
de Primera Instancia se inauguraría oficialmente en Hervás el 8 de enero de
1872 en detrimento de Granadilla.
Ya en la Dictadura, este último proyecto fue aprobado el 27 de julio de 1940, con algunas modificaciones. Ahora se contemplaba una capacidad de 210 millones de metros cúbicos, una altura de la presa de 45 metros y proyectaba poner en regadío unas 15.000 hectáreas. Las obras dieron comienzo con la publicación del decreto de 23/06/1941, por el que se autorizaba la ejecución de las obras del camino de servicio al pantano. Cuando el ingeniero Juan Bonilla se hace cargo de las obras en 1946, interpreta que era pequeño y que se podía hacer mucho mayor. Por ello, decide modificar el proyecto inicial, y el 28 de abril de 1948 presenta el Primer Proyecto Reformado, que se aprueba el 3 de mayo de 1952, que preveía una capacidad del embalse de 924 millones de metros cúbicos con 32 kilómetros de cola, la altura de la presa sobre el lecho de 67 metros, para una zona regable de 45.000 hectáreas, con un presupuesto de 228 millones y medio de pesetas. Después vendrían otros dos proyectos más: el Segundo prevé determinadas obras auxiliares y el Tercero contempla tres soluciones más referidas a la construcción de las obras extremas de la presa. Este fue el proyecto definitivo, con un presupuesto de 518 millones de pesetas, muy lejos de los 13 presupuestados en 1935. Lo más polémico fue la subida de la cota máxima de la inundación a los 386 metros, que ampliaba la capacidad del embalse y trastocaba la vida de los vecinos de Granadilla, lo que supuso una fuerte discrepancia con Bonilla, que fue apartado de la obra, aunque volvió al año siguiente repuesto por Franco. Por decreto de 27 de enero de 1950, fueron declaradas de urgente ejecución las obras del pantano de Gabriel y Galán a los efectos de la expropiación forzosa de las fincas afectadas por las mismas. En 1954, el Ministerio de Agricultura declara de alto interés nacional la colonización del pantano de Gabriel y Galán y, al año siguiente, el Plan General del Pantano de Gabriel y Galán que había redactado el Instituto Nacional de Colonización. En él se afirma que se proyectan poner en regadío 43.020 hectáreas, divididas en dos sectores. En la margen derecha, 17.870 hectáreas, que discurría por los términos municipales de Montehermoso, Galisteo, Morcillo, Guijo de Coria, Coria, Calzadilla, Casas de Don Gómez y Casillas de Coria, y la irrigada por los canales de la margen izquierda del río, con una extensión regable algo mayor, de unas 26.650 hectáreas, que discurrían por los términos municipales de Valdeobispo, Carcaboso, Aldehuela de Jerte, Galisteo, Plasencia, Oliva, Riolobos, Holguera, Torrejoncillo, Coria y Portaje. El Plan incluía la construcción de nuevos asentamientos o pueblos de colonización aguas abajo del río Alagón hasta Coria, Villar de Coria, Puebla de Argeme, El Batán, Valrío, Sartalejo, Pradochano, Pajares de la Rivera, y Alagón del Caudillo, en el que acabó viviendo el 80 por ciento de la población de Granadilla. El embalse dio lugar a la inundación de 5.036 hectáreas, viéndose afectados parcialmente los pueblos de Zarza de Granadilla, Sotoserrano, Guijo de Granadilla, Mohedas, La Pesga y Caminomorisco ; la inundación total de los pueblos de Martinebrón y Arroyo Franco y el despoblamiento absoluto de Cabaloria y Granadilla. La decisión de expropiar la capital del antiguo señorío se acordó por el Consejo de Ministros el 24 de junio de 1955. El pago de las expropiaciones se efectúa desde 1959 hasta 1973. De los 1.116 habitantes que tenía Granadilla en 1955, se marchó más de la mitad en solo cinco años (en 1960 quedaban 466). En 1967 se dio por finalizado el largo y traumático desalojo. Sus últimos moradores abandonaron el pueblo en 1966...
__________________________________
[1] Caballero
González, Sebastián: Las Tierras de
Granadilla en el Partido Judicial de Hervás a través de sus documentos
(1808-1965). Edit. Diputación Provincial de Cáceres. Depósito legal:
CC-343-2017; Cáceres, 2018, 449 págs.
[2]
Ob.
cit.: Granadilla al hilo de la
historia (desde los tiempos remotos hasta finales de la Edad Media). Edit.: Caja
Duero, Colección Temas Locales, Salamanca, 2004. ISBN: 84-95610-63-9. Depósito
legal: S-811-2004.
[3]
Ob. cit.: La Comunidad de Villa y Tierra de Granadilla en los tiempos modernos.
Edit.: Caja Duero, Colección Temas Locales, Salamanca, 2008. ISBN: 978-84-92445-03-5.
Depósito legal: S-297-2008.
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