sábado, 27 de junio de 2020

SUNNA, EL OBISPO ARRIANO DE MÉRIDA DESTERRADO A MAURITANIA




Sunna (fl. 580-600) [1] fue un obispo arriano de Mérida, de origen godo. Tras la conversión del rey Recaredo al catolicismo en el año 587, Sunna y los nobles godos Segga y Vagrila proyectaron asesinar al obispo local católico Masona y al dux (magistrado supremo) de Lusitania, Claudio,  y alzar a toda la provincia para proclamar rey a Segga. Algunos godos que deseaban volver al catolicismo, recuperaron su antigua fe y muchos ciudadanos romanos (supuestamente católicos) se les unieron. Tras fracasar el intento de asesinato de Masona, uno de los conjurados, el futuro rey Witerico, reveló los detalles de la conjura, cuyo intento sofocó Claudio. A Segga le cortaron las manos, se le confiscaron sus propiedades y fue desterrado a Galicia. Vagrila se refugió en una iglesia de la ciudad y el rey ordenó confiscar sus propiedades y entregarlas a la citada iglesia, pero el obispo Masona le perdonó y se las devolvió. Sunna recibió la oferta de recibir otro obispado si se convertía al catolicismo (el obispado arriano debió suprimirse y el católico estaba cubierto y, en cualquier caso, no sería metropolitano). Sunna se negó y fue desterrado, marchando a Mauritania, donde propagó el arrianismo [2] hasta su muerte violenta, alrededor del 600.

“Sunna, obispo arriano de Mérida, tuvo que restituir aquella iglesia al obispo Masona, que había sido desterrado por Leovigildo. Proyectó Sunna quitar la vida a Masona y a Claudio, gobernador de la provincia; pero, descubierta la conjuración, quedó luego sofocada. La reina Gosvinda, madrastra de Recaredo, se fingió católica y armó otra conjuración contra la vida del rey con Udila, obispo arriano. La descubrió a tiempo el piadoso Recaredo, y no hizo más que desterrar al obispo y dexar el castigo de la madrastra á la justicia Divina.” [3]
            En versión de Enrique Flórez, “llegó en fin el día último de Leovigildo, después de estar Masona restituido a su sede, donde tuvo el gozo de que Recaredo, sucesor en el Reino, abjurando la herejía arriana, y abrazando la fe católica en Toledo, donde le dio Dios gracia para reducir al gremio de la Iglesia la gente de los godos en el año 586,  o principios del siguiente. Aquella maravillosa conversión fue de la mayor y más florida parte de los godos, que luego arrastró a los demás, aunque de pronto no a todos: porque en Mérida se mantenía por entonces el infeliz obispo arriano Sunna, puesto por Leovigildo como Ángel de Satanás, que afligiese a Masona. Ya dijimos que desde luego usurpó algunas iglesias de Mérida, protegido por la fuerza del rey, pero no pudo introducirse en la de Santa Eulalia, y en lo más principal de la ciudad, porque esto quedó en propiedad del prelado católico, hasta que desterrado envió el rey a Nepopis: en cuyo tiempo ocupó este lo que era de Masona, quedando Sunna en posesión de lo usurpado: de suerte que el rey bárbaro tenía dividida en dos de su falsa secta de la Iglesia, que no era esposa de ninguno, siendo ambos adúlteros por vivir el legítimo pastor. Pero esto causaba poco escrúpulo en los que no miraban más que al patrimonio de las rentas: en cuya prueba se añade lo que ahora es asunto, la ya citada, de que Nepopis [4] era a un mismo tiempo obispo de otra Iglesia, donde volvió, cuando llegó el regreso de Masona.[5]
           
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[1] Vid.: Floruit  (abreviado fl. o flor) es una voz proveniente del latín, traducida como “floreció”, “prosperó”. Se emplea para hacer referencia a un período de tiempo durante el cual una persona, una escuela o un movimiento, se encontraba en una etapa floreciente de su vida y se emplea cuando no se conoce en realidad la fecha de su inicio (nacimiento, formación, creación) y la fecha de finalización (muerte, ruptura, destrucción).
 
[2] Vid.: Blog: significados.com.  Arrianismo. Se conoce como tal al conjunto de doctrinas fundada por Arrio (256-336) que se caracterizan por negar la misma condición divina entre Jesús y Dios. Según la RAE, doctrina de Arrio que negaba la consustancialidad del Verbo y, por tanto, la divinidad de Cristo.
 
 [3] Vid.: Amat de Palau y Pont, Félix:  Tratado de la iglesia de Jesucristo ó Historia Eclesiástica. Vol. VII. Imprenta de Benito García y Compañía, 1806. Digitalizado en 2008. Universidad Complutense de Madrid., pág. 434. Véase también: Castillo Lozano, José Ángel: Categorías de poder en el reino visigodo de Toledo, monografías históricas sobre la Antigüedad Tardía, XXXIII-XXXIV, Revista de Antigüedad y Cristianismo, núms. 33-34, años 2016-2017.
 
[4] Vid.: Bueno Rocha, José: La cuestión del obispo Nepopis de Mérida, en Asociación Cultural de Coloquios Históricos de Extremadura, 1972.
 
[5] Vid. Flórez, Enrique: España sagrada. Theatro geográfico- histórico de la iglesia de España, T. XIII, De la Lusitania antigua en común y de su metrópoli Mérida en particular. Madrid, año MDCCLVI, págs. 191-195.
 

 

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