El Diario Oficial de Extremadura del pasado 13 de enero publicó dos resoluciones de la Secretaría del Servicio Extremeño Público de Empleo, de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, por la que se concederán ayudas para contratar a personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de la Comunidad Autónoma correspondiente al ejercicio 2026.
Se trata de subvenciones destinadas a fomentar la creación y estabilidad en el empleo, mediante la incorporación al mercado laboral de personas desempleadas con especiales dificultades de inserción.
Las
ayudas se articular en tres programas: el I para la contratación de personas
con discapacidad en empresas ordinarias; el Programa II, subvenciones para la
adaptación del puesto de trabajo; y el Programa III, subvenciones al empleo con
apoyo. El importe total de la convocatoria asciende a un total de 1.500.000
euros y la Junta prevé que, con estos programas, unas 150 personas con
discapacidad podrán obtener un contrato de trabajo indefinido.
Las
cuantías para el Programa I prevén subvenciones para la contratación indefinida
de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias de 12.000
euros para contratación de mujeres discapacitadas con especiales dificultades
de inserción laboral; y de 10.000 euros para contrataciones del resto de
personas con discapacidad no incluidas en el párrafo anterior. Para la línea
II, subvenciones para la contratación indefinida por empresas ordinarias con
discapacidad procedentes de los enclaves laborales, se fijan 14.000 euros para
contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con
especiales dificultades de inserción laboral. Y para la línea III, subvenciones
destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos
celebrados con personas con discapacidad, se establecen subvenciones de 7.000
euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con
discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral y de 6.000 euros
para contrataciones del resto de personas con discapacidad no incluidas en el
párrafo anterior. Y para la línea IV, subvenciones para la contratación
personal de personas con discapacidad temporal desempleadas en empresas
ordinarias, las cuantías serán las siguientes: 5.000 euros para contrataciones
de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales
dificultades de inserción laboral y de 4.000 euros para contrataciones del
resto de las personas con discapacidad no incluidas en el párrafo anterior.
Las
asociaciones atienden a las personas con discapacidad para educarlas y
rehabilitarlas de cara a su inserción social y laboral, que es el fin último
que estas no pueden cumplir. Por ello, los programas aquí definidos por la
Administración para su inserción laboral no pueden contemplarse más que desde
la óptica imperativa que les obliga por ley a facilitar los caminos de
inserción laboral a las personas con discapacidad desempleadas o que tengan
dificultades de inserción laboral. Este es un primer camino y otro es la
apertura al trabajo fijo en la Administración mediante las oposiciones. Ambos son
complementarios y abren un camino de luz y esperanza a las personas con
discapacidad que aspiran a su inclusión en la sociedad.


