El Pleno del Ayuntamiento de Plasencia celebrado el 5 de mayo de 2017, bajo la presidencia de su titular, Fernando Pizarro, acordó por unanimidad “retirar a D. Francisco Franco Bahamonde las medallas de oro de la ciudad de Plasencia, concedidas mediante los siguientes acuerdos: Acuerdo de la Comisión Gestora de fecha 19 de julio de 1945; acuerdo del Pleno de fecha 2 de abril de 1964; y acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de Plasencia de fecha 8 de noviembre de 1971 y de 16 de diciembre de 1971, dejando sin efecto las distinciones”. [1]
El acuerdo de retirada de las tres medallas de oro de la ciudad concedidas al anterior Jefe del Estado y Generalísimo de los Ejércitos vino precedido por la solicitud de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura (ARMHEX) de la retirada de la concesión de las medallas concedidas, admitida a trámite por unanimidad.
La citada asociación efectuó la solicitud al amparo de lo establecido en el artículo 15, 1º de la Ley 52/2007 [2], citando los acuerdos de la Comisión Gestora de fecha 19 de junio de 1945, con ocasión del “noveno aniversario de nuestra cruzada” (sic), por el que se le otorgó al Generalísimo Franco la primera medalla de oro de la ciudad. Asimismo, el acuerdo plenario de fecha 2 de abril de 1964 a propuesta del “Consejo local del Movimiento de FET y de las JONS (Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista, único partido del régimen franquista) se concede al citado dictador otra vez la medalla de oro de la ciudad de Plasencia “…que nos ha traído 25 años de paz a la patria” (sic), “…a quien tanto y tanto ha hecho por el engrandecimiento de la patria, al salvador de España, Generalísimo Franco.” (sic). Finalmente, recuerda el acuerdo de Pleno de la Corporación de fecha 8 de noviembre de 1971, y con ocasión de la información sobre la creación de la Universidad Hispano Americana de Extremadura, “se procedió a la concesión de la medalla de oro de la ciudad al Caudillo Franco” (sic).
El informe jurídico municipal especificaba que “si bien del último acuerdo pudieran surgir dudas si sería de aplicación el artículo 15 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, estas se disipan en un análisis del expediente de la concesión de la citada medalla que culmina en el acuerdo plenario de fecha 16 de diciembre de 1971 (una vez que se constata la aceptación por el general Franco de la citada medalla, mediante escrito del Jefe de la Casa Civil del entonces Jefe del Estado de fecha 10 de diciembre de 1971) y es que en el citado acuerdo, además de motivar la concesión en la citada Universidad, la construcción del pantano de Gabriel y Galán, Valdecañas, Torrejón el Rubio y Alcántara, entre otras, se vierten expresiones como liberador de España del enemigo, la paz y prosperidad que todos los españoles venimos disfrutando desde hace más de treinta años, se proseguirá la redención en el orden espiritual, intelectual y material”.
El informe señalaba que es evidente que las medallas de oro de la ciudad de Plasencia mencionadas tienen como objeto la exaltación personal de un dictador y la conmemoración de la Guerra Civil, por lo que entra de lleno en el mandato del artículo 15 de la Ley 52/2007, y consideraba, además, que Franco había fallecido hace más de cuarenta años, “lo que hace imposible la tramitación de cualquier expediente administrativo que lo tenga como sujeto del mismo” y “considerando que, por todo ello, bastaría para la retirada de las medallas de oro de la Ciudad de Plasencia un acuerdo del órgano competente (Pleno de la Corporación), en el que se manifieste en tal sentido”, se tomaron los acuerdos enunciados en el primer párrafo.
En una moción de urgencia presentada, el grupo socialista retiró la moción presentada ante el Pleno, en la que solicitaba la retirada y revocación de los sucesivos acuerdos, al haberse incluido la misma como uno de los puntos del orden del día de la sesión, para ser debatida y votada en la misma.
En su intervención ante el Pleno, el alcalde de la ciudad señaló que los veintiún concejales “son hijos de la democracia, que les legaron quienes nacieron antes de 1975 y que, en muchos casos, llegaron a dar su vida por conseguir que España fuese un país democrático y de libertades”, por lo que recordó que “la historia no debe olvidarse ni para lo bueno ni para lo malo, para aprender de los sucesos positivos del pasado, pero también para no volver a repetir lo negativo de nuestra historia más reciente”.
[1] Vid.: Archivo
Histórico Municipal de Plasencia (AHMP).
[2] La Ley 52/2007, de 26 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre de 2007), por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, establece en su artículo 15.1, lo siguiente: “Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación personal, o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas.”

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